Decreto, Ratificase protocolo al tratado general de integración económica centroamericana

RATIFICASE PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA

Aprobado el 30 de Noviembre de 1967

Publicado en la Gaceta No. 29 del 3 de Febrero de 1968

ANASTASIO SOMOZA DEBAYLE,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

POR CUANTO:

El día doce de Octubre de mil novecientos sesenta y seis se suscribió en la ciudad de San Salvador el "PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTROAMERICANA" (Protocolo de Incorporación al Libre Comercio de Papel y Envases de vidrio, entre Nicaragua y los demás países de Centroamérica, cuyo texto es el siguiente:

PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA CENTRO AMERICANA.

Los Gobiernos de las Repúblicas de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica,

CONVENCIDOS de que la eliminación de los regímenes especiales transitorios de excepción al libre comercio, establecidos en el Anexo "A" del Tratado General de Integración Económica Centroamericana, viene a ampliar el mercado y a mejorar las condiciones para el desarrollo armónico y sostenido de Centroamérica;

CONVENCIDOS de que la superación de tales regímenes especiales transitorios de excepción al libre comercio, es condición indispensable para perfeccionar el Mercado Común Centroamericano y para constituir la unión aduanera que estipula el Artículo 1 de dicho Tratado General.

HAN DECIDIDO celebrar el presente Protocolo, a cuyo efecto han designado a sus respectivos plenipotenciarios, a saber:

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Guatemala, al Señor Licenciado Mario Chavarría Paredes, Vice-ministro de Economía.

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de El Salvador, al Señor Doctor Abelardo Torres, Ministro de Economía.

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Honduras, al Señor Licenciado Manuel Acosta Bonilla, Ministro de Economía y Hacienda.

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Nicaragua, a los Señores Doctor Silvio Argüello Cardenal, Ministro de Economía y Doctor Jorge Armijo Mejía, Viceministro de Economía.

Su Excelencia el Señor Presidente de la República de Costa Rica, al Señor Licenciado Manuel Jiménez de La Guardia, Ministro de Industria y Comercio,

Quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y de hallarlos en buena y debida forma, convienen en lo siguiente:

Artículo 1º

Los Estados contratantes convienen en eliminar de la lista de...

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