Decreto, Se realizará el viii censo de población y iv de vivienda
(SE REALIZARÁ EL VIII CENSO DE POBLACIÓN Y IV DE VIVIENDA)
DECRETO No. 58-2003.
Aprobado el 15 de Julio del 2003.
Publicado en La Gaceta No. 137 del 22 de Julio del 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que es importante para el país disponer de información estadística confiable, oportuna y de calidad para la toma de decisiones y formulación de políticas y programas de desarrollo.
II
Que el Censo de Población y Vivienda es el instrumento apropiado para obtener información actualizada a nivel nacional de la realidad socioeconómica del país.
III
Que de conformidad con lo establecido en la Ley Creadora del Sistema Estadístico Nacional y del Instituto Nacional de Estadística y Censos, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 23 del 4 de Octubre de 1979 y su reforma, es responsabilidad del Estado a través del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos la obtención de indicadores socioeconómicos confiables y oportunos.
IV
Que la preparación, organización, levantamiento, tabulación y publicación de los resultados del Censo es una ardua tarea que requiere de un largo período de planeación para ser desarrollada con éxito.
V
Que la ERCERP es el instrumento nacional dirigido a la reducción de la pobreza y requiere información estadística actualizada y oportuna que permita el seguimiento, monitoreo y evaluación de la misma.
VI
Que el Estado de la República de Nicaragua ha suscrito compromisos internacionales (Metas del Milenio) en el ámbito económico y social que demandan información estadística para el monitoreo e implementación de políticas que contribuyan a su cumplimiento.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
Declárese de interés nacional el VIII Censo de Población y IV de Vivienda que será realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en el año 2005.
Corresponde al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, conforme su ley creadora, desarrollar todas y cada una de las etapas para la realización del Censo de Población y Vivienda.
Instrúyase a todas las instituciones del gobierno a colaborar con las autoridades del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos en las tareas de preparación y ejecución del VIII Censo de Población y IV de Vivienda.
Para lograr el éxito de las actividades del...
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