Decreto 49-2014, REFORMA AL DECRETO NO. 22-93, CREACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA Y SUS REFORMAS

REFORMA AL DECRETO No. 22-93, CREACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA Y SUS REFORMAS

DECRETO EJECUTIVO No. 49-2014, Aprobada el 10 de Diciembre del 2014

Publicado en la Gaceta No. 239 del 17 de Diciembre del 2014

Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional

Unida Nicaragua Triunfa

DECRETO No. 49-2014

El Presidente de la República

Comandante Daniel Ortega Saavedra

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política

CONSIDERANDO:

IQue el Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria, como un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo, debe contar con una estructura orgánica funcional, que le permita tener una mayor eficacia y eficiencia en el desempeño y cumplimiento de sus objetivos.

IIQue el artículo 40 de la Ley No. 290 "Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo" publicada en su texto refundido en La Gaceta, Diario Oficial No. 35 del 22 de Febrero de 2013, establece que el Presidente de la República podrá crear mediante Decreto otras instancias administrativas distintas a las que establece la Constitución Política de la República de Nicaragua en su artículo 151;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

REFORMA AL DECRETO No. 22-93 CREACIÓN DEL INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TECNOLOGÍA

AGROPECUARIA Y SUS REFORMAS.

Artículo 1 Reformas

Se reforman los artículos 5, y 14 del Decreto No. 22-93, "Creación del Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria", publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 61 del 26 de marzo de 1993 y sus Reformas, los que se leerán así:

"Artículo 5. EL INTA tendrá la siguiente estructura orgánica:

  1. Consejo Directivo;

  2. Dos (2) Co-Direcciones;

  3. Direcciones Regionales".

"Artículo 14. Los Co-Directores del Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria, serán nombrados por el Presidente de la República.

Las atribuciones y funciones específicas de cada Co-Director se establecerán en el Reglamento Interno"

Artículo 2 Disposición final.

En todo el...

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