Decreto, Reforma a la ley de la corporación nicaragüense de la carne

REFORMA A LA LEY DE LA CORPORACIÓN NICARAGÜENSE DE LA CARNE

Decreto No. 403

de 17 de Noviembre de 1988

Publicado en La Gaceta No. 230 de 2 de Diciembre de 1988

Reforma a la Ley de la Corporación Nicaragüense de la Carne

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Decreta:

Arto. 1.-

Se reforma el artículo 8 de la Ley de la Corporación Nicaragüense de la Carne. Decreto No. 360 publicado en "La Gaceta" No. 102 del 31 de Mayo de 1988, el que íntegra y literalmente se leerá así:

"Arto. 8.-

La Junta Directiva será la máxima autoridad de la Corporación y estará compuesta por:

  1. Tres miembros nombrados por el Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria, que ejercerán las funciones de Presidente, Vice-Presidente y Secretario;

  2. Un representante de los Trabajadores, que será el Secretario General del Sindicato de la rama, o uno de los Secretarios Generales elegidos por ellos mismos, de los Sindicatos de las distintas empresas pertenecientes a la Corporación;

  3. El Presidente Ejecutivo de la Corporación, quien será miembro ex-oficio;

  4. El...

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