Decreto, Reformas a la ley del ministerio de comercio exterior

REFORMAS A LA LEY DEL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

DECRETO No. 1316.

Aprobado el

08 de Septiembre de 1983

Publicado en La Gaceta No. 211 del 16 de Septiembre de 1983

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

DECRETA:

La siguiente:

Reforma a la Ley del Ministerio de Comercio Exterior

Artículo 1

Refórmase el Arto 5. de la Ley del Ministerio de Comercio Exterior del 19 de septiembre de 1979, y sus reformas, el cual se leerá así:

"Arto. 5.- Se crea e instituye, por medio de esta Ley, el Sistema de «Empresas Estatales de Comercio Exterior, que actualmente estará integrado por las siguientes:

1 . Empresa Nicaragüense del Algodón (ENAL)

  1. Empresa Nicaragüense del Café (ENCAFE)

  2. Empresa Nicaragüense del Azúcar (ENAZUCAR)

  3. Empresa Nicaragüense de la Carne (ENCAR)

  4. Empresa Nicaragüense del Banano (BANANIC)

  5. Empresa Nicaragüense de Promoción de Exportaciones (ENIPREX)

  6. Empresa Nicaragüense de Importaciones (ENIMPORT)".

Artículo 2

Refórmase el Arto. 9, de la misma Ley y sus reformas, el cual se leerá así:

"Arto. 9.- Para efectos de aplicación de esta Ley, a partir de la fecha de su vigencia, se establecen las siguientes normas:

  1. Las Empresas que se indican en los numerales 1), 2), 3), 4), y 5) del Arto. 5, serán las únicas autorizadas para efectuar las exportaciones de Algodón, Café, Azúcar, Carne y Banano respectivamente, lo mismo que cualquier otro producto básico conexos o derivados de aquellos que el Ministerio de Comercio Exterior determine y tales empresas actuarán como agentes compradores y vendedores discrecionales con respecto a la comercialización en el Mercado Interno de todos los productos mencionados;

  2. La Empresa Nicaragüense de Promoción de Exportaciones (ENIPREX), indicada en el numeral 6 del Arto. 5, será la entidad especializada del Estado, encargada de promover las transacciones internacionales de productos no tradicionales, actuando como agente vendedor discrecional para los mismos productos en el Mercado del Exterior;

  3. La Empresa Nicaragüense de Importaciones (ENIMPORT), que se indica en el numeral 7...

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