Decreto, Regimen arancelario y acuerdo centroamericano

REGIMEN ARANCELARIO Y ACUERDO CENTROAMERICANO

Decreto No.145,

de 27 de diciembre de 1985

Publicado en La Gaceta No. 250 de 28 de diciembre de 1985

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

I

Que el convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano deroga los aranceles a la importación contenidos en el arancel centroamericano de importación vigente,

II

Que conforme Decreto No.124 del 10 de octubre de 1985, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No.198 del 16 de octubre del mismo año, se ratificó la Resolución No.2 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano (Consejo I-85), aprobación del Anexo "A" del Convenio Arancelario y Aduanero Centroamericano denominado "Arancel Centroamericano de Importación"

III

Que la ratificación de la misma se hizo con la reserva de la fecha para su entrada en vigor,

IV

Que la Resolución No.2 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano establece que los rubros con Derechos Arancelarios a la Importación que no se equiparan contenidos en la parte Tres del Anexo "A" serán adoptados y modificados de conformidad a la legislación interna de cada Estado Contratante.

POR TANTO:

En uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1

Se señala el 1ro de Enero de 1986, como fecha para que entre en vigor la Resolución No.2 del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano.

Artículo 2

Los Derechos Arancelarios a la Importación de los rubros contenidos en la Parte tres del Anexo "A" se regirán de conformidad al alistado y tasas ad-valorem siguiente:

Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 250 de 28 de diciembre de 1985. (Pág.1937 -1941).

Artículo 3

El presente decreto deroga a cualquier otra disposición que se le oponga.

Artículo 4

El presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR