Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 05-09-2012 (Expediente Nº 127-04-24-01-2012)

Número de expediente127-04-24-01-2012
Fecha05 Septiembre 2012
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
1
Expediente No. 4-24-01-2012
CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica, a las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana del día
cinco de septiembre del año dos mil doce. VISTO el Expediente No. 4-24-
01-2012 para dictar sentencia en demanda con fundamento en el artículo 22
literal f) del Convenio de Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia por
irrespeto a fallo judicial contra el Poder Ejecutivo de la República de
Nicaragua presentada por el Abogado Álvaro Leiva Sánchez en su condición
de Apoderado General Judicial de la Señora Luisa Amanda Morales Gutiérrez.
Concurren a la votación de la sentencia los Magistrados Carlos Guerra
Gallardo, Presidente, Alejandro Gómez Vides, Vicepresidente, Silvia Rosales
Bolaños, Ricardo Acevedo Peralta, Francisco Darío Lobo Lara y Guillermo
Pérez-Cadalso Arias. RESULTA I: Que a las doce con cuarenta minutos del
día veinticuatro de enero del año dos mil doce el Abogado Álvaro Leiva
Sánchez en su condición de Apoderado de la Señora Luisa Amanda Morales
Gutiérrez presentó en la Secretaría General de La Corte Centroamericana
escrito de demanda en contra del Estado de Nicaragua a través de su
Procurador General, en virtud de irrespeto de fallo judicial en una acción de
indemnización por pago de prestaciones sociales, que fue encausada y fallada
en el Juzgado Local Civil y Laboral por Ministerio de Ley de Somoto, en
contra de la Dirección General de Ingresos (DGI), dependencia del Ministerio
de Hacienda y Crédito Público, representada por su Director General Lic.
Walter Porras Amador. El juicio concluyó en primera instancia con una
sentencia judicial dictada el primero de marzo de dos mil diez a las diez y
treinta minutos de la mañana, donde se declaró con lugar la pretensión de la
demandante, pero ésta, no conforme con la cuantía, obtuvo la modificación de
la misma ante el Tribunal de Apelación de la Circunscripción de La Segovia,
Sala de lo Civil y Laboral por Ministerio de Ley, de fecha quince de julio de
dos mil diez, en la que en su parte resolutiva ordena a la demandada Dirección
General de Ingresos (DGI), el pago de CINCUENTA Y CINCO MIL
CUATROCIENTOS VEINTIUN CORDOBAS NETOS (C$55,421.00).

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