Sentencia de Corte Centroamericana de Justicia, 01-06-2005 (Expediente Nº 70-02-04-01-2005)

Fecha01 Junio 2005
Número de expediente70-02-04-01-2005
Tipo de procesoContencioso
EmisorCorte Centroamericana de Justicia (Nicaragua)
Expediente No. 2-04-01-2005
“CORTE CENTROAMERICANA DE JUSTICIA. Managua, Nicaragua,
Centroamérica. Las once y cincuenta minutos de la mañana del día uno de
Junio del año dos mil cinco. VISTO: para pronunciar sentencia definitiva en el
RECURSO DE APELACION interpuesto por el señor OMAR ENRIQUE
GONZALEZ, mayor de edad, casado, Licenciado en Contaduría Pública,
salvadoreño y del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador,
República de El Salvador, en contra de la resolución administrativa dictada
por la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-
SICA), el 29 de noviembre del año dos mil cuatro, que confirma el despido de
su trabajo en esa institución y le deniega el recurso de reposición que había
introducido. RESULTA I: Por escrito presentado a las tres y treinta minutos
de la tarde del día veintiuno de diciembre del año dos mil cuatro, en la
Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, por el
Licenciado WILLIAM ALONSO RAMÍREZ GALEAS, mayor de edad,
casado, Abogado, salvadoreño y del domicilio de la ciudad de Mejicanos,
departamento de San Salvador, República de El Salvador, en su calidad de
Apoderado General Judicial del Licenciado OMAR ENRIQUE GONZALEZ,
de generales ya consignadas, y recibido en esta Corte Centroamericana a las
once de la mañana del día cuatro de enero del año dos mil cinco, interpone
Recurso de Apelación en contra de la resolución administrativa dictada por la
Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA),
de fecha veintinueve de noviembre del dos mil cuatro, en la que se confirma
su separación del cargo que desempeñaba en dicha Secretaría General y se le
deniega la reposición que había solicitado de la misma resolución. RESULTA
II: Afirma el recurrente que ingresó a trabajar en la Secretaría General del
Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA), como Analista
Financiero, el once de enero de mil novecientos noventa y nueve, devengando
un salario mensual de un mil cien dólares de los Estados Unidos de América
(US$1,100.00), con una jornada de ocho horas diarias y de cuarenta horas a la
semana, pues únicamente prestaba sus servicios durante cinco días de cada
semana, de lunes a viernes; pero que fue despedido de su trabajo el día
veintidós de noviembre del año dos mil cuatro, con fundamento en el artículo
10 del Estatuto del Personal y en el artículo 21 del Reglamento Interno (folios
2 y 3). RESULTA III: Considerando injusto el despido, el recurrente solicitó

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