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DECRETO A. N. No. 6266

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS”, la que se identificará con las siguientes siglas (AMYPANS); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de León, Departamento de León.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS”, la que se identificará con las siguientes siglas (AMYPANS); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, el dos del mes de Febrero del año dos mil once.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Managua, 05 de Agosto del 2010.

DR. WILFREDO NAVARRO.
Primera Secretaria Asamblea Nacional
Su Despacho.

Honorable Primer Secretario.

El suscrito Presidente de la asociación “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS” (AMYPANS). Solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, el otorgamiento de personalidad jurídica para la Asociación, “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS” (AMYPANS). Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura pública número noventa y ocho (98) ante los oficios notariales del Abogado FAUSTINO LACAYO, a las dos de la tarde del día veintiocho del año dos mil nueve. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

1. Integrar a los padres de aquellos niños y niñas que tienen el problema de discapacidades auditivas.

2. Promover la atención temprana al tratamiento específico del niño o la niña que permita contacto con el entorno.

3. Crear instituciones específicas que permitan la integración, crecimiento social y laboral del niño o la niña con deficiencias auditivas.


Por todo lo expuesto, sometemos a la consideración de los representantes de esta Asamblea Nacional de la presente iniciativa, a fin de que sea acogida y aprobada por el plenario de esta Asamblea Nacional, previos a los cumplimientos de procedimientos de formación de la Ley.

Adjuntamos:
1.- Escritura de constitución de la asociación (original y dos copias)
2.- Exposición de Motivos.
3.- Copia del escrito de solicitud con que acuse recibo.


Atentamente,

LICDA. MARTHA LUCIA DÁVILA JIRÓN
Presidenta


Managua, 05 de Agosto del 2010.

ING. RENE NUÑEZ TELLEZ.
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho.

EXPOSICION DE MOTIVOS:.

El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional, con fundamento en el inciso 5 del artículo 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Artículo 4 y 44del Estatuto General de la Asamblea Nacional. “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS” (AMYPANS). Solicita de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 147 Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro, el otorgamiento de personalidad jurídica para la Asociación, “ASOCIACION DE MAESTROS Y PADRES DE NIÑOS SORDOS” (AMYPANS). Asociación de carácter humanitario, constituida en Escritura pública número noventa y ocho (98) ante los oficios notariales del Abogado FAUSTINO LACAYO, a las dos de la tarde del día veintiocho del año dos mil nueve. Esta constitución se constituyo entre otros con los siguientes objetivos:

1. Integrar a los padres de aquellos niños y niñas que tienen el problema de discapacidades auditivas.

2. Promover la
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