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DECRETO A. N. No. 5941

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS




    Doctor
    Wilfredo Navarro Moreira
    Primer Secretario
    Asamblea Nacional
    Su Despacho



    Estimado Doctor Navarro:


    Recientemente la ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS, hemos conformado esta asociación, organización hípica privada, sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

    Conforme los derechos constitucionales y la Ley General # 147, sobre personas jurídicas, sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de PERSONALIDAD JURIDICA, que nos permita la Legalidad de nuestra asociación, en beneficio del gremio hípico de nuestro país y principal en nuestra ciudad de Juigalpa, jurisdicción del Departamento de Chontales.

    Adjunto los documentos requeridos por la Ley # 147:

    1.- Acta Constitutiva (Escritura Pública) y Aprobación de ESTATUTOS.
    2.- Exposición de motivos
    3.- Decretos de Ley

    Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.



    Atentamente,


    Santiago de Jesús Plata Madrigal
    Presidente



                        DECRETO #
    El Presidente de la República de Nicaragua

    Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

    la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

    En uso de sus facultades

    Ha Dictado

    El Siguiente
    DECRETO

    Arto. 1: Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS, Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Juigalpa, Jurisdicción del Departamento de Chontales.

    Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

    Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

    Arto. 4: El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.


    Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los días, del mes de del año dos mil nueve.

    Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Doctor Wilfredo Navarro Moreira, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.


    Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, de del año dos mil nueve.

    Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.




    ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS



    EXPOSICION DE MOTIVOS


    Ingeniero
    René Núñez Téllez
    Presidente Asamblea Nacional
    Su Despacho

    Estimado Señor Presidente:

    Los suscritos representantes ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5, del Arto. 138 y 140 de la Constitución Política, en el inciso 2 del Arto. 44 y 45 del Estatuto General de la Asamblea Nacional y en la ley # 147. "Ley General sobre Personas Jurídicas sin fines de lucro".

    Presentamos la solicitud de Otorgamiento de Personalidad Jurídica para la ASOCIACIÓN ATENCION INTEGRAL DE SECTORES EN CRISIS, Asociación Civil, sin fines de lucro, de interés social y de desarrollo, constituida en Escritura...

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