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Decreto A.N. No. 5424


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DECRETO A.N. No. 5424

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo Presidencial No. 472-2007 publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 8 del 11 de enero del 2008, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, en nombre y representación de la República de Nicaragua, suscribió el 22 de febrero del 2008 el Contrato de Préstamo No. 1944/BL-NI con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

II

Que mediante el Contrato de Préstamo anteriormente relacionado el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) le otorgó a la República de Nicaragua un préstamo por la suma de Quince Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (U$15,000,000.00), integrado por dos fuentes: a) 50% financiamiento del Capital Ordinario (CO); a un plazo de 30 años, incluyendo seis (6) años de gracia, con una tasa de interés ajustable en la moneda única del financiamiento, más el margen vigente para préstamos del capital ordinario expresado en términos de un porcentaje anual, comisión de crédito de 0.25%; b) 50% financiamiento del Fondo de Operaciones Especiales (FOE); cuarenta (40) años de plazo, incluye cuarenta (40) años de gracia que amortizará un único pago, con una tasa de interés del 0.25% anual para financiar el “Programa Multifase de Vivienda para Poblaciones de Bajos Ingresos – Fase II”.

III

Que las condiciones financieras del préstamo otorgadas por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) son concesionales y están en armonía con los lineamientos de la Política de Endeudamiento Público 2008, publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 241 del 14 de diciembre del 2007.
IV

Que la demanda de recursos locales para la implementación del proyecto a financiar, está dentro de los parámetros establecidos en la citada política de endeudamiento en materia de asignación de fondos de contrapartida para proyectos financiados con recursos externos.

POR TANTO
En uso de sus facultades;

HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO DE APROBACIÓN DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 1944/BL-NI, FIRMADO EL VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL 2008, ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)

Artículo 1 Apruébese el Contrato de Préstamo No. 1944/BL-NI, suscrito el 22 de febrero del 2008, por la República de Nicaragua representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto de quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (U$15,000,000.00), para financiar el “Programa Multifase de Vivienda para Poblaciones de Bajos Ingresos - Fase II”, que será ejecutado por el Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (INVUR).

Art. 2 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional. Managua, el uno del mes de julio del año dos mil ocho.







Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional








TEXTO



    1
    Comisión de Producción, Economía y Presupuesto
    Dictamen del Convenio de Préstamo No. 1944/SF-NI BID- INVUR
Managua 19 de Junio 2008

    D I C T A M E N FAVORABLE

    Ingeniero
    RENÈ NÙÑEZ TELLEZ
    Presidente
    Asamblea Nacional
    Su Despacho.-


    Estimado Señor Presidente:

    Los suscritos miembros de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de la Asamblea Nacional, recibimos de parte de la Primera Secretaría, el día veintinueve de mayo del año en curso para su respectivo dictamen el “Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No. 1944/BL-NI” firmado el veintidós de febrero del 2008, entre la República de Nicaragua, representada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público Licenciado Alberto José Guevara Obregón y representado por la Señora Mirna Liévano de Marques del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por un monto Quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (U$15,000,000.00).

    I Informe

    1- Consulta

    Este convenio de préstamos se consultó a la Dirección General de Seguimiento al Gasto Público para conocer si reúne todos los requisitos que indica la Ley No. 477 Ley General de Deuda Pública. Este convenio de préstamo es concesional de acuerdo a los lineamientos de la política de endeudamiento público.

    Así mismo nos comunicamos con técnicos del INVUR para que remitieran información adicional de este convenio de préstamo y así aclarar los tipos de subsidios que se entregarán con los fondos de este contrato de préstamo.

    2- Antecedentes

    Este convenio de préstamo fue presentado por el Poder ejecutivo ante la Primera Secretaría de este Poder del Estado el 25 de marzo del 2008 y enviado a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto el 29 de mayo del año en curso.





    3- Firma del Convenio

    Se firmó el 22 de febrero del 2008, por la República de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

    4- Objetivo

    4.1 Objetivo General:

    Ejecutar un programa de vivienda para poblaciones de bajos ingresos, cuyo objeto es mejorar las condiciones de vivienda de las familias de ingresos bajos y moderados mediante la provisión de subsidios, la profundización de los mercados y el fortalecimiento del sector.

    4.2 Objetivos Específicos

    1. Mejorar la calidad de vida de la población meta a través de subsidios para vivienda y el mejoramiento de la misma.
    2. Fortalecer a la población meta para que sea sujeto activo, apoyando su participación e incrementando y desarrollando sus capacidades de contraloría social y de calidad, mantenimiento de la vivienda y cuidado ambiental.
    3. Fortalecer el microfinanciamiento a través de asistencia técnica que permita la profundización de la modalidad ahorro/bono/crédito (A+B+C) por medio de las micro financieras.
    4. Fortalecer al sector a través de la implementación de las Políticas del Plan Nacional de Viviendas, y
    5. Fortalecer la institucionalidad del sector por medio del incremento de capacidades de gestión y elaboración y manejo técnico de planes locales de vivienda.

      Para lograr los objetivos del programa, los recursos del financiamiento se utilizarán en los siguientes componentes:
        Componente I

    Inversión:
    Este componente financiará la entrega de subsidios a las familias de escasos recursos orientados a mejoras de la vivienda, construcción de nuevas unidades habitacionales en lotes pertenecientes a las familias, compra de nuevas unidades construidas y regularización de la tenencia de la tierra.

    Se utilizarán dos modalidades de susidios para alcanzar a diferentes segmentos de personas y gupos de inversión:

    Ø Subsidios de ingresos bajos (SIB)
    Ø Subsidios de ingresos moderados (SIM)
    Subsidios para familias de ingresos bajos (SIB):
    Se denomina SIB a aquellos núcleos familiares que tengan ingresos no mayores de el equivalente en moneda nacional a U$200.00 (Doscientos dólares) mensuales por familia.

    Subsidios para familias de ingresos moderados (SIM):
    Se denomina SIM aquellos núcleos familiares que tengan ingresos no mayores de el equivalente en moneda nacional a U$500.00 (Quinientos dólares) mensuales por familia.

    Los Subsidios de ingresos moderados son elegibles en la modalidad de vivienda nueva y mejoramiento de vivienda.

    El Componente de subsidio será entregado por el Fondo Social de Vivienda (FOSOVI).

    Esta clasificación de familias, esta contenida en el Reglamento Operativo que el INVUR y el BID han desarrollado para este y otros fines conexos a este convenio.
        Componente II
    Fortalecimiento Sectorial e Institucional:
    Bajo este componente se financiarán los siguientes sub-componentes:

    a. Capacitación a entidades auxiliares y beneficiarios para ejecutar acciones que permitan consolidar administrativa y operativamente a las entidades auxiliares (EAs), así como el desarrollo e implementación de una estrategia de capacitación de los beneficiarios. b. Mantenimiento del Sistema de Información para apoyar las tareas de mantenimiento, actualización o rediseño de los sistemas informáticos del INVUR.

    c. Investigación y evaluación de la vivienda para apoyar la realización de investigaciones en temas y aspectos relacionados con el sector vivienda. d. Campaña de divulgación al sector para informar sobre el marco del programa. e. Apoyo técnico al sector para promover y financiar actividades que permitan el fortalecimiento integral de los respectivos actores. f. Evaluación y auditoría.
        Componente III
    Reformas de Política de Asistencia Técnica:
    Con este componente se financiará los siguientes sub componentes:

    a) Acciones de política habitacional; tales como consolidar el esquema de subsidios, el crédito hipotecario, explorar la factibilidad de crear un sistema de ahorro y préstamo de la vivienda para trabajadores, esquemas de fondeos y fondo de garantía. b) Apoyo a microfinancieras; por medio de la elaboración de un plan de asistencia técnica para contribuir a superar las barreras y limitaciones que tienen éstas entidades para dar créditos en condiciones de pagos favorables. La ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento del Banco serán llevadas a cabo en su totalidad por el prestatario por intermedio del INVUR.

    4.3 Organismo Ejecutor: Instituto de la Vivienda Urbana y Rural (INVUR)

    4.4 Costo, Financiamiento y Recursos AdicionalesMonto del Préstamo: Quince millones de dólares de los Estados Unidos de América (U$15,000,000.00).

    Recursos Adicionales: Diecisiete millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (U$17,660,450.00). Estos Recursos Adicionales están distribuidos así:

    Ø Contrapartida Local: U$1,500,000.00

    Ø Inversión Complementaria: U$16,160,450.00

    Costo Total del Préstamo: Se estima en un monto de treinta y dos millones seiscientos sesenta mil cuatrocientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (U$32,660,450.00).

    Costo total del Programa y Plan de Financiamiento
    Concepto
    Monto U$
    Financiador
    Costos Fase II 16,500,000.00
    i) Préstamo 15
    ...

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