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DECRETO A. N. No. 5712

    LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


    En uso de sus facultades;
    HA DICTADO

    El siguiente:
    DECRETO


    Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE JOVENES SOMOS PUENTE DE LA JUVENTUD, se podrá usar el abreviado “SOMOS PUENTE”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Rivas, Municipio del Departamento de Rivas.
    .
    Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

    Art. 3 La ASOCIACIÓN DE JOVENES SOMOS PUENTE DE LA JUVENTUD, se podrá usar el abreviado “SOMOS PUENTE”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

    Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

    Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil nueve.



    Ing. René Núñez Téllez
    Presidente de la
    Asamblea Nacional
    Dr. Wilfredo Navarro Moreira
    Secretario de la
    Asamblea Nacional
    Rivas, 20 de enero de 2009
    Doctor
    Wilfredo Navarro Moreira
    Primer Secretario
    Asamblea Nacional
    Su despacho


    Estimado doctor Navarro.

    Por este medio nos dirigimos a usted, Doctor Navarro, para hacer solicitud formal de Personería Jurídica, para nuestra asociación sin fines de lucro ASOCIACION DE JOVENES SOMOS PUENTE DE LA JUVENTUD “ SOMOS PUENTE”, con domicilio en la ciudad de Rivas, Departamento de Rivas , para lo cual hemos cumplido con las formalidades requisitos y procedimientos, de la Ley Ciento Cuarenta y Siete (147), (LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO, Asociación que fue constituida en Escritura Pública No 20 en la ciudad de Managua, a las ocho y veinte minutos de la mañana, del día quince de diciembre del año 2008, ante el oficio notarial de Licenciado Silvio Ruiz Jirón.

    Adjunto a la presente original y dos copias del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la Asociación de Jóvenes Somos Puente de la juventud.

    Sin más a que referirme me despido de usted, expresándole mis más altas muestras de consideración y estima.

    Atentamente:

    PORFIRIO NOEL URIARTE MOLINA
    PRESIDENTE
    ASOCIACION DE JOVENES SOMOS PUENTE DE LA JUVENTUD
    “SOMOS PUENTE”



    EXPOSICION DE MOTIVOS.


    Managua, 19 de enero 2009.


    Ing. René Núñez Téllez
    Presidente
    Asamblea Nacional

    Estimado Ingeniero Núñez.

    El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 arto 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, y en la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, Capitulo III, Arto 14 numeral 2, Arto 89, párrafo 4, numeral 2 y arto 91, y en la Ley 147, Ley General de Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación: Asociación de Jóvenes Somos Puente de la Juventud “SOMOS PUENTE”, sin fines de lucro, constituida en Escritura Publica numero veinte, otorgada en la ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las ocho y veinte minutos de la mañana del quince de diciembre del dos mil ocho, ante los oficios notariales del doctor Silvio Ramón Ruiz Jirón , Abogado y Notario Publico de la Republica de Nicaragua.

    Esta Asociación establece como objetivo fundamental:

    Nicaragua refleja un crecimiento poblacional en la...

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