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DECRETO A. N. No. 6035

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA


En uso de sus facultades;
HA DICTADO

El siguiente:
DECRETO


Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE, la que podrá abreviarse, con las siglas (ASOCANER); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Comunidad de los Ramos municipio de Altagracia, municipio del departamento de Rivas.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE, la que podrá abreviarse, con las siglas (ASOCANER); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez.




Ing. René Núñez Téllez
Presidente de la
Asamblea Nacional
Dr. Wilfredo Navarro Moreira
Secretario de la
Asamblea Nacional
Rivas, 27 de marzo de 2009

    Doctor
    Wilfredo Navarro Moreira
    Primer Secretario
    Asamblea Nacional
    Su despacho


    Estimado Doctor Navarro.

    Por este medio nos dirigimos a usted, Doctor Navarro, para hacer solicitud formal de Personería Jurídica, para nuestra ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE (ASOCANER)” sin fines de lucro con domicilio en el municipio de Altagracia, municipio del Departamento de Rivas , para lo cual hemos cumplido con las formalidades requisitos y procedimientos, de la Ley Ciento Cuarenta y Siete (47), (LEY GENERAL SOBRE PERSONAS JURÍDICAS SIN FINES DE LUCRO, asociación de carácter humanitario, constituidas en Escritura Publica numero cincuenta y siete (57) otorgada por los oficios notariales del Notario publico Marvin Ernesto Mora Rosales, a las ocho de la mañana del día veintiocho de febrero del año Dos mil nueve, adjuntamos la escritura de constitución de la Asociación.

    Adjunto a la presente original y dos copias del Testimonio de la Escritura Pública de Constitución de la ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE (ASOCANER)”.

    Sin más a que referirme me despido de usted, expresándole mis más altas muestras de consideración y estima.

    Atentamente:


    LILIET DEL CARMEN ALEMAN CONDEGA
    Presidente de la Asociación
    ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE
    (ASOCANER)



    EXPOSICION DE MOTIVOS.


Managua, 1 de abril 2009.



    Ing. René Núñez Téllez
    Presidente
    Asamblea Nacional


    Estimado Ingeniero Núñez.


    El suscrito Diputado ante la Asamblea Nacional con fundamento en el inciso 5 arto 138 y 140 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua, y en la Ley 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la Republica de Nicaragua, Capitulo III, Arto 14 numeral 2, Arto 89, párrafo 4, numeral 2 y arto 91, y en la Ley 147, Ley General de Sobre Personas Jurídicas Sin Fines de Lucro. Presento la solicitud de otorgamiento de Personalidad Jurídica de esta Asociación: ASOCIACION DE JOVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE (ASOCANER) sin fines de lucro, constituidas en Escritura Publica numero cincuenta y siete (57) otorgada por los oficios notariales del Notario publico Marvin Ernesto Mora Rosales, a las ocho de la mañana del día veintiocho de febrero del año Dos mil nueve,


    Esta Asociación establece como objetivo fundamental:


    Nicaragua refleja un crecimiento poblacional en la que la mayoría de sus habitantes son jóvenes, y que están en la búsqueda constante de su desarrollo social tanto en el campo laboral como en las diferentes actividades de la vida diaria de nuestro país, es por ello que mi...

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