LEY QUE DECLARA HEROÍNA NACIONAL A BLANCA ARAUZ PINEDA

LEY QUE DECLARA HEROÍNA NACIONAL A BLANCA ARAUZ PINEDA

LEY N°. 897, Aprobada el 6 de Marzo del 2015

Publicada en La Gaceta No. 48 del 11 de Marzo del 2015

El Presidente de la República de Nicaragua

A sus habitantes, Sabed:

Que,La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

Ha ordenado lo siguiente:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

IQue de conformidad con lo dispuesto en el artículo 138, numeral 14 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y en el artículo 33, de la Ley Nº. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo y sus Reformas Incorporadas, es atribución de la Asamblea Nacional la creación de órdenes honorificas y distinciones de carácter nacional, así mismo es imprescindible rendir homenaje a aquellas personas que han servido de ejemplo para la sociedad nicaragüense y se han convertido en símbolos y referencias nacionales.

IIQue es deber de la nación honrar para siempre la memoria de aquellas personas que por su decisión de lucha, por su sentido de justicia, su actitud de entrega y sacrificio a la causa nacional, han servido de ejemplo para forjar a las nuevas generaciones de la Patria. En el caso de Blanca Arauz Pineda su actuación germinó, posteriormente, en el sentimiento nacionalista y libertario de las mujeres nicaragüenses hasta lograr la verdadera y ansiada libertad, restableciendo la dignidad y la reivindicación de derechos.

IIIQue estamos convencidos del valor histórico nacionalista que tuvo la participación de Blanca Arauz Pineda como integrante activa del Ejército Defensor de la Soberanía Nacional de Nicaragua, el cual se enfrentó al poderío bélico de los Estados Unidos de esa época.

IVQue cada una de las tareas realizadas por Blanca Arauz Pineda, en el contexto difícil para Nicaragua en el que se desarrolló, únicamente se les asignaba a personas comprometidas y de absoluta confianza y que el General Augusto C. Sandino tuvo el tacto de aclarar que se los confiaba no por ser su esposa sino por reconocer en ella el carácter de una persona luchadora y excepcional, provista de un conjunto de capacidades destacables sobre todo por su condición de mujer.

VQue las acciones y entrega de Blanca Arauz Pineda a la causa del General Augusto C. Sandino son contestes con lo que se dispone en la Ley No. 859, Ley de Creación del Título de Heroína y Héroe Nacional, siendo ejemplo en su actitud de entrega y...

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