Proyecto Nº 20085717. Asociacion club hípico de la paz centro

Número de Iniciativa20085717
Año2008
Autor de la iniciativaRodolfo José Alfaro García
Tipo de proyectoDecreto
EstatusArchivo

ASOCIACIÓN



CLUB HÍPICO DE LA PAZ CENTRO




Doctor
Wilfredo Navarro Moreira
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho



Estimado Doctor Navarro:


Recientemente la ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE LA PAZ CENTRO, hemos conformado esta asociación, organización gremial, privada, sin fines de lucro, no discriminatoria, sin credo político, que se regirá por las leyes de la nación.

Conforme los derechos constitucionales y la Ley General # 147, sobre personas jurídicas, sin fines de lucro, solicitamos a usted respetuosamente en el tiempo conveniente a la consideración de la Honorable Asamblea Nacional, nuestra solicitud de PERSONALIDAD JURIDICA, que nos permita la Legalidad de nuestra asociación, en beneficio del desarrollo de nuestro Municipio de La Paz Centro, jurisdicción del Departamento de León.

Adjunto los documentos requeridos por la Ley # 147:

1.- Acta Constitutiva (Escritura Pública) y Aprobación de ESTATUTOS.
2.- Exposición de motivos
3.- Decretos de Ley

Agradeciéndole la gentileza de su atención, le saludo.


Atentamente,

                        Fabio Andrés Díaz Araúz
Presidente



                        DECRETO #
El Presidente de la República de Nicaragua

Hace saber al Pueblo Nicaragüense que:

la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua

En uso de sus facultades

Ha Dictado

El Siguiente
DECRETO

Arto. 1: Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN CLUB HÍPICO DE LA PAZ CENTRO.- Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de La Paz Centro, Jurisdicción del Departamento de León.

Arto. 2: La representación legal de esta asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3: La Asociación, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre personas jurídicas sin fines de lucro y demás leyes de la República.

Arto. 4: El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial.


Dado en la ciudad de Managua, en la sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los días, del mes de del año dos mil ocho.

Ingeniero René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional; Doctor Wilfredo Navarro Moreira, Primer Secretario de la Asamblea Nacional.


Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, de del año dos mil Ocho.

Daniel Ortega Saavedra. Presidente de la República de Nicaragua.



ASOCIACIÓN

CLUB HÍPICO DE LA PAZ CENTRO


EXPOSICION DE MOTIVOS



Ingeniero
René Núñez Téllez
Presidente Asamblea Nacional
Su
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