Proyecto Nº 20095758. Ley de amnistía particular a favor del sr. alberto stefano boschi

Número de Iniciativa20095758
Año2009
EstatusArchivo
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativa[Juan Enrique Saénz Navarrete, Mónica Salvadora Baltodano Marcenaro, Víctor Hugo Tinoco Fonseca]
    Managua, 18 de Febrero de 2009
    BMRS-0024-170209

    Diputado
    Dr. Wilfredo Navarro
    Primera Secretaría
    Asamblea Nacional
    Su Despacho


    Honorable Doctor Navarro:

    Por medio de la presente nos dirigimos usted, con el fin de solicitarle se someta a consideración de la Asamblea Nacional, la presente Iniciativa de “Ley de Amnistía Particular a favor del ciudadano nicaragüense Alberto Steffano Boschi”, de conformidad a lo establecido en el arto. 140 de la Constitución Política, y arto. 91 de la Ley No 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo.




    Agradeciendo su amable atención, nos suscribimos con muestras de consideración.




    Víctor Hugo Tinoco Enrique Sáenz
    Jefe de Bancada Diputado Alianza MRS
    Alianza MRS



    Mónica Baltodano
    Diputada Alianza MRS









    Managua, 18 de Febrero de 2009
    BMRS-0024-170209


    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


    Ing. René Núñez Téllez
    Presidente Asamblea Nacional
    Su despacho

    Señor Presidente:

    Los suscritos Diputados y Diputadas de la Asamblea Nacional, de conformidad al Arto. 138 numeral 1 y al 140, numeral 1 de la Constitución Política de la República de Nicaragua y los Artos… 14, inco. 2 y 91, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, presentamos la iniciativa de Ley de Amnistía Particular a favor del ciudadano nicaragüense Alberto Steffano Boschi.

    La Constitución Política de la República, establece en su Artículo 25 el derecho de los ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses, a tener seguridad jurídica de parte del Estado nacional, lo mismo que la Carta Magna brinda el derecho político a todos los nacionales de reunión, concentración y organización política.

    Antecedentes generales

    El Consejo Supremo Electoral determinó, de acuerdo a su calendario electoral, que la fecha tope para que los partidos o alianzas inscribieran sus candidatos a los cargos de elección popular en los comicios municipales a efectuarse el 9 de Noviembre del año 2008, era el 15 de Marzo de ese mismo año. Al amparo de la norma constitucional y de la ley electoral, el Partido Movimiento Renovador Sandinista inscribió, el día 14 de Marzo de 2008, como candidato a Alcalde del Municipio de Ciudad Sandino del departamento de Managua, al Sr. Alberto Stefano Boschi, quien reunía los requisitos de Ley y fue debidamente inscrito y aceptado por el Consejo Supremo Electoral.

    Luego de la injusta e ilegal resolución dictada por el Consejo Supremo Electoral, de fecha 21 de Junio de 2008, en que le canceló la personería jurídica al MRS, se suscitaron diversas manifestaciones y expresiones de carácter social y popular, en contra de tan arbitraria medida. Una de las demostraciones políticas fue la permanencia en huelga de hambre de la Comandante Dora María Téllez, que ocupó primeras planas en los medios de comunicación social, tanto nacionales como internacionales y se efectuó en la rotonda Rubén Darío.

    El Compañero Alberto Stefano Boschi, fue un militante protestatario contra la decisión del Consejo Supremo Electoral, apoyando con todas sus actuaciones la protesta que diversos sectores sociales hacían contra la injusta medida. Su actuar se reflejaba en su accionar político.

    Ante las protestas y reclamos que la población en general hacía por la injusta medida tomada en contra de la cancelación de la personería jurídica tanto del Movimiento Renovador Sandinista como del Partido Conservador de Nicaragua, el partido de Gobierno que conjuga en una sola persona al Presidente de la República, quien a su vez es jefe de las Fuerzas Armadas nicaragüenses, Jefe de Estado y Secretario Político del partido Frente Sandinista de Liberación Nacional, elaboró y ordenó ejecutar una serie de acciones para evitar que grupos de...

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