Proyecto Nº 20106451. Ley de indulto para 4 personas
Número de Iniciativa | 20106451 |
Año | 2010 |
Estatus | Archivo |
Tipo de proyecto | Ley |
Autor de la iniciativa | [Carlos José Gadea Avilés, César Castellanos Matute] |
10
4
Managua, 24 de agosto del 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Con fundamento en los Artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remitimos la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que le solicitamos se le de el trámite de ley correspondiente.
Acompañamos a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.
Sin más a que referirme, nos despedimos de Usted.
Atentamente,
Diputado Diputado
Carlos José Gadea Avilés Cesar Castellano Matute
Managua, 24 de agosto del 2010
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Señor Presidente:
Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presentamos la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto a las siguientes personas:
1.- Juan Diego Bustamante Bravo
2.- Bernardino Andrés Chavarría González
3.-Ramón Gabriel Díaz González
4.- Julio Cesar González Tercero
Fundamentación:
Esta iniciativa de indulto es un acto de generosidad para suprimir las penas y que de acuerdo a su personalidad y circunstancia del caso desean reivindicarse y volver a la vida social, con el objetivo de unir a la familia Nicaragüense y al desarrollo de la sociedad. Estas personas están condenados por delitos de mínima peligrosidad, Además estas cuatro personas son abogados que han desempeñado su carrera y son ampliamente conocidos y gozan del aprecio de los ciudadanos de Nueva Segovia
En este sentido, la Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 3, que dice: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República”.
Cabe señalar que el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, articulo ...
4
Managua, 24 de agosto del 2010
Doctor
WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Primer Secretario
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Doctor Navarro:
Con fundamento en los Artículos 138, numeral 3, y 140 numeral 1, de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, le remitimos la siguiente Iniciativa de Ley denominada Ley de Indulto, de conformidad a lo establecido en el proceso de formación de la ley, por lo que le solicitamos se le de el trámite de ley correspondiente.
Acompañamos a la presente, la Exposición de Motivos y el texto de Ley correspondiente, así como las copias respectivas.
Sin más a que referirme, nos despedimos de Usted.
Atentamente,
Diputado Diputado
Carlos José Gadea Avilés Cesar Castellano Matute
Managua, 24 de agosto del 2010
EXPOSICION DE MOTIVOS
Ingeniero
RENE NUÑEZ TELLEZ
Presidente
Asamblea Nacional
Su Despacho
Estimado Señor Presidente:
Los suscritos Diputados ante esta honorable Asamblea Nacional, con fundamento en los Artículos 138 numeral 3, 140 numeral 1 de la Constitución Política de Nicaragua, el Artículo 14, numeral 2, y Artículo 91 de la Ley No. 606, Ley Orgánica del Poder Legislativo de la República de Nicaragua, presentamos la siguiente Iniciativa de Ley de Indulto a las siguientes personas:
1.- Juan Diego Bustamante Bravo
2.- Bernardino Andrés Chavarría González
3.-Ramón Gabriel Díaz González
4.- Julio Cesar González Tercero
Fundamentación:
Esta iniciativa de indulto es un acto de generosidad para suprimir las penas y que de acuerdo a su personalidad y circunstancia del caso desean reivindicarse y volver a la vida social, con el objetivo de unir a la familia Nicaragüense y al desarrollo de la sociedad. Estas personas están condenados por delitos de mínima peligrosidad, Además estas cuatro personas son abogados que han desempeñado su carrera y son ampliamente conocidos y gozan del aprecio de los ciudadanos de Nueva Segovia
En este sentido, la Constitución Política de Nicaragua, concede el derecho de gracia de indulto a la Asamblea Nacional, en su artículo 138, numeral 3, que dice: “Son atribuciones de la Asamblea Nacional: 3) Conceder amnistía e indulto por su propia iniciativa o por iniciativa del Presidente de la República”.
Cabe señalar que el Título IV Derechos, Deberes y Garantías del pueblo Nicaragüense, Capítulo I Derechos Individuales, articulo ...
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