Proyecto Nº 20074672. Ley de promoción fomento y desarrollo de las micros, pequeñas y medianas empresas

Número de Iniciativa20074672
Año2007
Tipo de proyectoLey
Autor de la iniciativaCarlos Antonio Noguera Pastora
EstatusArchivo
LA GACETA - DIARIO OFICIAL
937
8-02-08 28
.
___________________
Ley No. 645
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL
CONSIDERANDO
I
Que en el marco de la modernización, reforma y fortalecimiento de las
Instituciones del Estado, debemos considerar que la función principal del
Estado de Nicaragua, es velar y mejorar las condiciones de vida del pueblo
nicaragüense, realizar una distribución cada vez más justa de la riqueza; siendo
el responsable de proveer el desarrollo macroeconómico integral del país y
como gestor del bien común debe garantizar los intereses y las necesidades
particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación, protegiendo,
fomentando y promoviendo las diversas formas de propiedad, de gestión
económica y empresarial para garantizar la democracia económica y social.
II
Que la puesta en vigencia de los diferentes acuerdos, convenios y tratados de
comercio internacional han reforzado la urgente necesidad de un diseño e
implementación de estrategias nacionales, orientadas a preparar a las
instituciones nacionales con fines competitivos de cara a la estructura
empresarial de los países del área, para afrontar los desafíos y aprovechar las
oportunidades emergentes del nuevo entorno internacional de negocios. En
ese marco, surge con renovada fuerza la visión que demanda la armonización
de esas iniciativas con las estrategias globales de crecimiento económico, las
metas de reducción de la pobreza y de patrones más equilibrados de
distribución del ingreso y la riqueza.
III
Que en este contexto es necesario establecer el marco legal de promoción y
fomento de las micro, pequeñas y medianas empresas, que contribuya a
promover el desarrollo empresarial de las MIPYME y el desarrollo económico
nacional a través del fomento y creación de nuevas empresas de este sector,
en un contexto competitivo nacional e internacional, con una dinámica propia
capaz de generar oportunidades de empleo estable, mejorar el nivel de vida
de los nicaragüenses y la incursión de nuevos mercados que contribuyan a la
riqueza nacional.
POR TANTO
En uso de sus facultades
Ha ordenado la siguiente:
LEY DE PROMOCIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA
MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (LEY MIPYME)
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Objeto, Naturaleza, Finalidad, Ámbito de Aplicación y
Definiciones
Artículo 1 Objeto de la Ley
El objeto de la presente Ley es fomentar y desarrollar de manera integral la
micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) propiciando la creación de
un entorno favorable y competitivo para el buen funcionamiento de este sector
económico de alta importancia para el país.
Art. 2 Naturaleza de la Ley
Esta Ley es de orden público e interés económico y social. Su ámbito de
aplicación es nacional. Así mismo, establece el marco legal de promoción y
fomento de la micro, pequeña y mediana empresa, denominadas también
MIPYME, normando políticas de alcance general.
Art. 3 Finalidad de la Ley
Son fines primordiales de la Ley:
1. Establecer principios económicos rectores para el fomento de las
MIPYME.

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